Los estados financieros de las entidades sin fines de lucro


ESFLSe ubican como entes sin fines de lucro (ESFL)[1] un conjunto de organizaciones que cumplen lo más variados objetivos de carácter social, educativo, científico, benéfico, altruista, cultural, deportivo, etc. en forma privada esto es sin intervención estatal o del  gobierno a través de sus institucionalidad, entre sus particularidades destacamos:

  1. Las aportantes o proveedores de los recursos que conforman su patrimonio no aspiran obtener un lucro por su aportación.
  2. En el caso de las fundaciones su capital deja de pertenecer al patrimonio del fundador y posteriores donantes para personificarse en otro autónomo, afecto a la realización de un fin y, súper vigilado por el estado a través del poder judicial.
  3. Su razón de ser es la conversión de recursos, directa o indirectamente, en servicios sociales.
  4. Junto con las actividades de interés general, también pueden realizar algún tipo de actividad mercantil como fuente complementaria de obtención de recursos a destinar a la prestación de servicios sociales.
  5. Generalmente los agentes económicos que aportan los recursos de la entidad, son distintos de los beneficiarios de los servicios prestados por ésta.
  6. La eficiencia no se determina a través de la correlación del gasto con el ingreso, al ser independientes el uno del otro, por lo que es indispensable formular periódicamente el presupuesto que a la vez que orienta sobre la fuente de los recursos  constituya  la autorización para el gasto.
  7. Son receptoras, a través de voluntarios, de bienes y servicios gratuitos o a un precio menor al costo.

Entre las  entidades sin fines de lucro  tenemos los clubes sociales, instituciones deportivas colegios y federaciones profesionales y de trabajadores,  instituciones religiosas, sindicatos, fundaciones, instituciones benéficas, etc

El  carácter económico y el que sus recursos, la mayoría de las veces, se obtenga del público o de colectivos los obliga a presentar información financiera.

Con esta información el lector interesado se debe dar por satisfecho con el adecuado uso de los activos administrados por la entidad y continuar contribuyendo con la misma  o reprobarlo y  emitir una sanción moral por la actuación indebida y castigarla no aportándole más recursos.

Es dentro de este espíritu que un cuerpo normativo específico debe  regular y orientar la información financiera a suministrar por estos entes para el conocimiento de los interesados y del público en general.

No es por lo tanto desatinado interrogarnos sobre la pertinencia de las Normas Internacionales de Información Financiera para cumplir con el cometido de suministrar información idónea sobre los ESFL.

En la búsqueda de   respuesta veamos que señala el Marco Conceptual para la Información Financiera emitido por el IASB en septiembre de 2010.  En su párrafo OB2.

El objetivo de la información financiera con propósito general es proporcionar información financiera sobre la entidad que informa que sea útil a los inversores, prestamistas y otros acreedores existentes y potenciales para tomar decisiones sobre el suministro de recursos a la entidad. Esas decisiones conllevan, comprar, vender o mantener instrumentos patrimonio y de deuda y proporcionar o liquidar préstamos y otras formas de crédito. (subrayado y destacado nuestro).

Lo que remata en párrafo siguiente:

OB3 Las decisiones que tomen inversores existentes o potenciales sobre la compra, venta o mantenimiento de patrimonio e instrumentos de deuda dependen de la rentabilidad que esperen obtener de una inversión en esos instrumentos, por ejemplo dividendos, pagos del principal e intereses o incrementos del precio de mercado. De forma similar, las decisiones que tomen prestamistas y otros acreedores existentes o potenciales sobre proporcionar o liquidar préstamos y otras formas de crédito dependen de los pagos del principal e intereses u otra rentabilidad que esperen obtener.

Es obvio que el objetivo de la información elaborada o preparada dentro del Marco Conceptual del IASB no es útil para las ESFL, pues a confesión de parte relevo de pruebas,  como dicen los abogados. El propósito de los estados financieros preparados conforme a las NIIF está dirigido a un  privilegiado grupo, inversores y prestamistas, que no son precisamente actores dentro de las ESFL.

Sin embargo los exegetas y aplicadores, business is business, le consiguen adecuada aplicación a las NIIF para las ESFL, veamos el propio texto de las NIIF (plenas) donde dan cabida a su uso así no sirvan para ello:

  1. Esta Norma utiliza terminología propia de las entidades con ánimo de lucro, incluyendo aquéllas pertenecientes al sector público. Las entidades que no persigan finalidad lucrativa, ya pertenezcan al sector privado o público, o bien a cualquier tipo de administración pública, si desean aplicar esta Norma, podrían verse obligadas a modificar las descripciones utilizadas para ciertas partidas de los estados financieros, e incluso de cambiar las denominaciones de los estados financieros.[2]

El indicar que el simple cambio de nombre o de denominación de un estado implica la factibilidad de su uso, puesto que la dificultad de  su aplicación es la terminología, es una ingenuidad por decir lo menos. Si la naturaleza  de la norma es informar al inversionista y al prestamista por más que se cambien los nombres el uso y utilidad están definidos, no es cuestión del continente sino del contenido. Una norma concebida, pensada y desarrollada con un objetivo y orientación específica no es práctico,   como se pretende,  admitir su utilidad para otra cosa.

bingoDe modo que el párrafo más que aclarar confunde y no debe entenderse como una autorización para aplicar las NIIF a los ESFL.

Por su parte la Norma Internacional de Información Financiera para

Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES) no señala nada al respecto. Sin embargo, en su prólogo,  indica cuál es su objetivo y potenciales usuarios:

P7 Las NIIF están diseñadas para ser aplicadas en los estados financieros con propósito de información general, así como en otra información financiera, de todas las entidades con ánimo de lucro. Los estados financieros con propósito de información general se dirigen a la satisfacción de las necesidades comunes de información de un amplio espectro de usuarios, por ejemplo accionistas, acreedores, empleados y público en general. (destacado nuestro).

Aquí la norma es expresa su propósito son las entidades con ánimo de lucro y no deja lugar a dudas.

En nuestro país  el Boletín de aplicación de los VEN-NIF número seis, versión uno (BA VEN-NIF-6) Criterio para la presentación del resultado integral total, de acuerdo  con VEN-NIF entre sus “acuerdos” destaca:

  1. Para efectos de la aplicación de los VEN-NIF a partir del ejercicio que se inicie el 01 de enero de 2011, una pequeña y mediana entidad se identifica como:

10.1. Entidad formalmente constituida que persiga fines de lucro, y

10.2. No está sujeta al cumplimiento de las disposiciones relativas a la preparación de  información financiera, emitidas por los entes reguladores autorizados por la  legislación venezolana para ello.

Las entidades calificadas como pequeñas y medianas aplicarán las normas establecidas para  dichas entidades y detalladas en el BA VEN-NIF 8

Pero abre la compuerta de la oportunidad, no prevista como ya vimos en la NIIF oficial, en:

  1. Las demás formas asociativas de carácter privado, creadas según el ordenamiento jurídico vigente, que persigan o no fines de lucro, cuando les sea requerida la presentación de información financiera a terceros interesados, no involucrados en sus respectivas administraciones, podrán utilizar las normas establecidas para las pequeñas y medianas entidades y detalladas en el BA VEN-NIF 8, debiendo aprobar tal aplicación la máxima  autoridad, establecida en sus estatutos de creación. (destacado nuestro).

En una primera aproximación pudiéramos afirmar que ni  las NIIF plenas,  ni las NIIF Pymes están concebidas para la formulación de información útil para los ESFL y que su utilización es  forzada a falta de una normativa apropiada.

De la revisión de los estados financieros de ESFL en nuestro país, tomamos una muestra, no significativa pero si representativa del ambiente:

  • Colegio de Contadores Públicos del Estado Miranda, gremio que mejor informa sobre el uso de sus finanzas, en sus EEFF al 30-6-2013 presenta:
  • -Estado de situación financiera
  • -Estado de ingresos-egresos
  • -Estado de cambios en el patrimonio
  • -Estado de flujos de efectivo
  • -Notas a los estados financieros

De conformidad con principios de contabilidad de aceptación general en Venezuela (VEN-NIF-PYME).

  • Colegio de Contadores Públicos del Estado Bolívar en sus EEFF al 30-6-2013 presenta:
  • Estado de situación financiera
  • Estado de resultados
  • Estado de cambio de patrimonio
  • Estado de flujos de efectivo
  • Notas a los estados financieros

De conformidad con principios de contabilidad de aceptación general en Venezuela (VEN-NIF).

Seleccionamos los de organismos del gremio por razones obvias y de su lectura se deriva que son incomprensibles y menos incomparables entre sí a pesar de que informan sobre entidades similares.

El uso de las mismas  normas genera informes que bien se pueden calificar  como disyuntivos pues presentan diferencias notables en:

  • Nominación para uno de los estados: Estado de ingresos-egresos para uno y Estado de ingresos-egresos para el otro
  • Clasificación de las cuentas del estado de situación: Activo corriente y no corriente uno Activo corriente y propiedades, mobiliario y equipos el otro.
  • Y así por el estilo con los pasivos, el tratamiento de las cotizaciones por membresía y demás partidas.
  • No consta que la Asamblea del colegio, máxima autoridad del mismo, haya aprobado la aplicación.
  • La Asociación de Scouts de Venezuela presenta los estados financieros al 31-12-2012 en bolívares nominales como información primaria basados en los principios de contabilidad generalmente aceptados que estuvieron vigentes hasta el 31 de diciembre de  La Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV) promulgó mediante el BA-VEN-NIF 6 la adopción como obligatoria para las Pymes con fines de lucro. Siendo la Asociación una  Entidad sin fines de lucro se considera no obligada a la adopción de Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

Como vemos en nuestro medio no estamos claros sobre que normas utilizar para informar sobre las ESFL.

Otra consideración que destacamos es que las NIIF inexorablemente se acercan a las SFAS, Statement of Financial Accounting Standards, normas elaboradas por la Financial Accounting Standards Board (FASB), organismo desarrollador de las normas contables aplicadas en Estados Unidos de América.

Por su parte la FASB ha emitido las siguientes normas dirigidas a las entidades sin fines  de lucro:

  • SFAS- 93 Reconocimiento de la depreciación por la ESFL, 1998
  • SFAS-116 Contabilidad de las donaciones, 1993
  • SFAS-117 Estados financieros para los ESFL, 1993
  • SFAS-124 Contabilidad de determinadas inversiones de las ESFL, 1995
  • SFAS-136 Trasferencias de activos a ESFL que actúan por intermediación, 1999

Cabe destacar los EEF financieros exigidos, el orden de su presentación y la denominación en español de los mismos, SFAS 117:

  • Estado de flujos de efectivo
  • Estado de actividades
  • Estado de situación financiera
  • Notas a los estados financieros

El desarrollo de la contabilidad para ESFL es mayor en el norte donde hay más organizaciones de esta naturaleza y por ende a la par está su desarrollo contable.

Por lo que sugerimos que lo conveniente en nuestro medio es la aplicación de la norma estadunidense, igualmente  incorporar  como estado financiero la ejecución presupuestaria y replantear el contenido de las notas para destacar  el logro de las metas programadas.

Igualmente sugiero  proceder a formular una norma nacional al efecto. No es recomendable esperar que la IASB nos haga el trabajo.[3]

 

 

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[1] La nomenclatura es amplia:  Entes no lucrativos, Entes sin ánimo de lucro, Entes sin fines de lucro, Entidades con propósitos no lucrativos, Entidades no lucrativas, Entidades sin ánimo de lucro, Entidades sin fines de lucro, Instituciones no lucrativas, Instituciones sin afán de lucro, Instituciones sin ánimo de lucro, Instituciones sin fines de lucro, Instituciones  caritativa, Instituciones  de beneficencia, Instituciones con fines no lucrativos, Instituciones benéficas,  Organizaciones no lucrativas, Organizaciones sin ánimo de lucro, Organizaciones sin fines de lucro, Sociedades sin fines de lucro, Sociedades no lucrativas. Además de la incorporación de nominaciones sociológicas o políticas tales como Sector no lucrativo, Tercer sector, Economía social, Sector intermedio, Sector voluntario, Sector solidario, Sector social, Sociedad civil organizada, Organizaciones de la sociedad civil (OSC), Organizaciones no gubernamentales (ONGs)

[2] Norma Internacional de Contabilidad nº 1 (NIC 1) Presentación de estados financieros Esta Norma revisada sustituye a la NIC 1 (revisada en 1997) Presentación de estados financieros y se aplicará en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005.

[3] Otro asunto a discutir es la utilidad de la reexpresión por efectos de la inflación para los ESFL.


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